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  • Vva del Río y MInas_Pleno Extraord_15_11_2013

  • El Gobierno aprueba la nueva plusvalía con dos opciones de cálculo

    El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el Real Decreto-ley con el que se adapta el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, a la sentencia del Tribunal Constitucional y que establece dos opciones para determinar la cuota tributaria, que el contribuyente podrá elegir para aplicarse la más beneficiosa.

    (Fuente: Moncloa, Europa Press)

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  • El Constitucional amplíala nulidad de la plusvalía municipal a toda España

    Madrid, 17 may (EFE).- El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el impuesto de plusvalía municipal, que grava la revalorización de los inmuebles urbanos cuando son vendidos, si no se han producido ganancias, con lo que extiende a toda España los efectos de la doctrina acordada el pasado febrero para los territorios forales.

    En la sentencia conocida hoy, el Alto Tribunal considera que este impuesto vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de beneficio para el contribuyente, "sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo".

    De este modo, el Constitucional ratifica su doctrina, ya aplicada en los territorios de Guipúzcoa y Álava, para los que rechazó que el impuesto pudiera grabar actos o hechos que "no sean exponentes de una riqueza real o potencial", por lo que eximía de abonar dicha tasa a quienes experimentasen pérdidas en la operación.

    En aquella ocasión, el Constitucional anuló los impuestos que afectasen a "supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia".

    Además señalaba como competencia del legislador llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto de cara a permitir que no se sometieran a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.



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