Comas: hombre pide ayuda para encontrar morral con S/10 000 que olvidó en un taxi
Ya se puede solicitar la devolución del IRPF en las prestaciones de maternidad y paternidad
A partir de hoy se podrá solicitar la devolución del IRPF en las prestaciones de maternidad y paternidad para las madres y padres con hijos nacidos en 2014 y 2015. Hasta principios de año no estará disponible la solicitud para los nacidos en 2016 y 2017. El cuestionario se encuentra en la página de la Agencia Tributario y el usuario puede decidir si desea entregarlo online o presencialmente. Solamente se necesitan dos datos: los años de prestación y un número de cuenta bancaria. Se calcula que la devolución media para las prestaciones por maternidad es de 1.600 euros y de paternidad de 383.
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#DENUNCIACIUDADANA: rodillazos y puños madre golpe a su hijo con discapacidad
Una vez más internautas se unen para denunciar los actos violentos de una mujer contra su hijo quien aparentemente padece una discapacidad.
A través de un video difundido en la red se puede ver como la mujer golpea con las rodillas y puños al menor de 10 años.
Hasta el momento se desconoce la identidad de los involucrados que son originarios de Ixtapan de la Sal, en el Estado de México, pero gracias que el video se hizo viral Criztel Yunuen, procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes DIFEM, informó que dos menores ya fueron auxiliados.
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Objetivo, frenar los desahucios
Madrid, 15 noviembre (CERESTV.es / EFE)
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto-Ley de protección de los deudores hipotecarios que establece un mandato al Gobierno para crear un "fondo social de viviendas", que se destinarán al alquiler para personas desahuciadas, y una paralización de los desahucios durante dos años. Podrán acogerse a la suspensión de una ejecución hipotecaria los colectivos sociales desfavorecidos que tengan unos niveles de renta determinados. Así, la medida beneficiará a familias numerosas, monoparentales con hijos, con menores de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 por ciento o en situación de dependencia o enfermedad que impida trabajar, o que hayan sufrido violencia de género. También podrán beneficiarse deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, y los casos en los que convivan con el deudor personas con discapacidad, dependencia, o enfermedad grave. Adicionalmente, será necesario tener una renta inferior a tres veces el IPREM -1.597 euros mensuales, es decir, 19.200 euros anuales- o que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas. Se entenderá por esto último cuando el peso de la cuota hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50 % en los últimos cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50 por ciento de los ingresos netos. En todos los casos, la vivienda hipotecada tiene que ser la residencia habitual.
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Objetivo, frenar los desahucios
Madrid, 15 nov (EFE).-
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley de protección de los deudores hipotecarios que establece un mandato al Gobierno para crear un "fondo social de viviendas", que se destinarán al alquiler para personas desahuciadas, y una paralización de los desahucios durante dos años.
Podrán acogerse a la suspensión de una ejecución hipotecaria los colectivos sociales desfavorecidos que tengan unos niveles de renta determinados.
Así, la medida beneficiará a familias numerosas, monoparentales con hijos, con menores de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 por ciento o en situación de dependencia o enfermedad que impida trabajar, o que hayan sufrido violencia de género.
También podrán beneficiarse deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, y los casos en los que convivan con el deudor personas con discapacidad, dependencia, o enfermedad grave.
Adicionalmente, será necesario tener una renta inferior a tres veces el IPREM -1.597 euros mensuales, es decir, 19.200 euros anuales- o que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas.
Se entenderá por esto último cuando el peso de la cuota hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50 % en los últimos cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50 por ciento de los ingresos netos. En todos los casos, la vivienda hipotecada tiene que ser la residencia habitual.
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